Enzo Alexis Villegas fue imputado provisoriamente como autor de los delitos de daños y lesiones leves en concurso ideal y amenazas en concurso real en una audiencia que se realizó el pasado primero de abril. En la mañana de este lunes, vencida la prórroga de detención solicitada por la Defensa, se resolvió que deberá firmar el libro de presencia ante Fiscalía del 1 al 10 de cada mes, mientras continúe la etapa de Investigación Penal Preparatoria.
En el inicio de la audiencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó prisión preventiva como medida de coerción. Mencionó lo previsto en el Art. 203 inc f. del Código de Procedimiento Penal y detalló que Villegas cumplió una condena por homicidio simple en grado de tentativa. Asimismo, mencionó su participación en un hecho registrado en diciembre del año pasado, con las mismas características del actual proceso.
Fiscalía consideró que Villegas demostró menosprecio por las reglas de convivencia de naturaleza penal y se refirió a la dinámica del hecho investigado, donde una niña resultó herida. Mencionó también el riesgo de fuga y los riesgos procesales existentes y también la necesidad de proteger a las víctimas.
Por el contrario, la Defensa rechazó el pedido de medida de coerción y propuso que el imputado firme el libro de presencia ante el Ministerio Público Fiscal. Aseguró que su asistido ha sufrido constantemente persecución policial. En relación a la presente causa, consideró exagerada la imputación y estimó que los extremos invocados por el Ministerio Público Fiscal deben ser acreditados.
Luego de escuchar a las partes, el Juez consideró que no se ha demostrado que la medida de prisión preventiva “resulte indispensable para la prosecución del proceso” y mencionó lo previsto en el Art. 202 del Código de Procedimiento Penal que establece la necesidad de que existan elementos de convicción suficientes que justifiquen el dictado de la medida. Asimismo, mencionó que el imputado tiene arraigo en la ciudad y consideró razonable como medida de coerción, la firma del libro ante Fiscalía del 1 al 10 de cada mes, por el término de cuatro meses.
El Ministerio Público Fiscal dejó planteado un recurso de revisión frente a lo resuelto por el Juez de Garantías.