El Juez de Garantía Nº 1 –Dr. Alfredo Cuello- dispuso la apertura a juicio en contra de un hombre por el delito de abuso sexual simple (art. 119 primer párrafo y art. 45 del Código Penal).
El Ministerio Público Fiscal realizó la formal acusación, relató los hechos y tuvo por acreditada la culpabilidad del imputado y lo consideró como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple y solicitó que se lo condene a cuatro años de prisión.
La Fiscalía tuvo en cuenta la carencia de antecedentes como atenuantes y como agravantes, el aprovechamiento de la vulnerabilidad de la víctima. El hecho fue denunciado por la mamá de la víctima en febrero de 2021 y ocurrió mientras el imputado trabajaba en su vivienda.
El imputado, quien tiene unos 50 años y es padre de familia, fue denunciado en febrero de 2021. La madre de la víctima contó por entonces que el ultraje ocurrió un día en el que el hombre trabajaba en la parte delantera de su vivienda y la denunciante estaba en el interior de la casa. En un determinado momento, la hija de la mujer salió y, en ese instante, el albañil la manoseó.
El albañil fue detenido casi de inmediato, procesado y enviado al penal con prisión preventiva. En abril de 2022, su abogado consiguió que lo liberaran con el argumento de que ya había cumplido casi la mitad de la pena máxima que prevé el delito que le imputan. Lo acusan de “Abuso sexual simple”, cuya pena va desde los seis meses hasta los cuatro años de prisión, explicó el letrado.
Asimismo, el Juez admitió la prueba ofrecida por Fiscalía con adhesión de la defensa. Cabe mencionar que esta causa inició con el anterior sistema penal pero por una elección del imputado, ahora tramita bajo el nuevo Código Procesal Penal de la provincia.
Participaron de la audiencia, el Dr. Alberto Orellana –Fiscal Adjunto- y el Dr. Emanuel Correa Otazú –Defensor del acusado-.