Es ley la necesidad de reformar parcialmente la Constitución de San Luis: cuáles son los principales cambios

  • Entrada publicada:3 septiembre, 2026
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La Cámara de Diputados dio sanción definitiva al proyecto con 30 votos a favor y 13 en contra. La iniciativa habilita la convocatoria a una Convención Constituyente para discutir modificaciones sobre la alternancia en el poder, el funcionamiento de la Legislatura, la Justicia, el agua, el sistema electoral y nuevos derechos vinculados a la tecnología.

La Cámara de Diputados de San Luis dio este miércoles sanción definitiva al proyecto de ley que declara la necesidad de la reforma parcial de la Constitución provincial de 1987. La iniciativa obtuvo 30 votos a favor y 13 en contra, alcanzando los dos tercios requeridos por la Carta Magna, luego de haber recibido media sanción del Senado el pasado 18 de agosto.

La aprobación legislativa no significa que la Constitución haya sido reformada de manera inmediata. Lo que establece la ley es la necesidad y conveniencia de modificar determinados puntos de la Carta Magna y delimita los temas que podrá abordar la futura Convención Constituyente, de acuerdo con el artículo 281.

El esquema aprobado contempla la modificación de 23 artículos, la incorporación de otros 23 y la creación de cuatro nuevos capítulos. La Convención Constituyente estará integrada por 52 convencionales elegidos por el voto popular en las próximas elecciones provinciales generales.

Límite a las reelecciones

Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del artículo 147 para establecer una prohibición absoluta de una nueva reelección después de dos períodos consecutivos o alternados para quien ocupe la Gobernación.

Además, la propuesta establece que el período constitucional 2023-2027 será considerado como el primer mandato a los efectos de esta limitación.

El proyecto también habilita la incorporación del sistema de doble vuelta o balotaje para gobernador y vicegobernador, con el objetivo de otorgar mayor legitimidad a la fórmula elegida.

Cambios en la Legislatura y el calendario electoral

La reforma plantea modificar el funcionamiento del Poder Legislativo. Las sesiones ordinarias pasarían a desarrollarse del 15 de marzo al 31 de diciembre.

A su vez, Diputados y Senadores serían renovados en su totalidad cada cuatro años, coincidiendo las elecciones legislativas con las de gobernador.

Para avanzar hacia ese nuevo esquema, se contempla una cláusula transitoria que extendería hasta 2031 los mandatos de los legisladores elegidos en 2025, cuyos períodos originalmente finalizan en 2029. Desde las elecciones de 2031, ambas cámaras se renovarían completamente cada cuatro años.

El mismo criterio alcanzaría a los Concejos Deliberantes, que pasarían a renovarse completamente en coincidencia con las elecciones provinciales.

Según los fundamentos expuestos durante el tratamiento, la unificación del calendario electoral permitiría eliminar las elecciones legislativas de medio término, reducir costos y evitar que las gestiones estén atravesadas permanentemente por procesos electorales.

Una nueva estructura para la Justicia

Otro de los capítulos importantes está relacionado con el sistema judicial. La iniciativa busca garantizar la independencia del Ministerio Público mediante su separación del Poder Judicial y propone una estructura integrada por una Defensoría General y una Procuración General.

También se contempla la creación de un Consejo del Ministerio Público y de un Jurado de Destitución propio.

En cuanto al Consejo de la Magistratura, se propone modificar su composición e incorporar representantes de la academia y del Senado. Además, deberá elaborar un orden de mérito a partir de concursos de antecedentes, mientras que la terna elevada al Poder Ejecutivo tendrá carácter vinculante, salvo que existan motivos fundados para apartarse del orden establecido.

El proyecto también establece un límite de 75 años para integrantes del Poder Judicial, del Ministerio Público y del Tribunal de Cuentas. Al alcanzar esa edad, podrá evaluarse su continuidad mediante una nueva designación con acuerdo del Senado.

Esta disposición alcanzaría únicamente a quienes sean designados y asuman sus cargos después de la entrada en vigencia de la eventual reforma, mientras que quienes ya estén en funciones conservarían las condiciones de inamovilidad previstas actualmente.

El agua como derecho humano y recurso estratégico

Entre los cambios propuestos también aparece la jerarquización constitucional del agua como derecho humano y recurso estratégico.

La administración del recurso quedaría a cargo de un funcionario técnico con acreditada idoneidad, designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado y con un mandato de cinco años.

La propuesta busca que la política hídrica tenga continuidad más allá de los períodos de gobierno, en un contexto marcado por cambios en los regímenes de precipitaciones, períodos de sequía y lluvias y un crecimiento de las necesidades productivas y poblacionales.

Capitales alternas y descentralización

Otro de los puntos habilitados para la Convención es la posibilidad de incorporar capitales alternas en distintas localidades de la provincia.

Estas localidades serían determinadas mediante una ley especial y, durante los días en que el Poder Ejecutivo y su gabinete se constituyan allí, la localidad sería considerada capital provincial.

Nuevos derechos frente a la tecnología y la inteligencia artificial

La reforma también busca incorporar derechos vinculados con los cambios tecnológicos.

Entre ellos aparecen la identidad digital, el uso ético de las nuevas tecnologías, la protección de la dignidad humana, la protección de datos frente a algoritmos y el acceso universal a la conectividad.

También se propone incorporar el hábeas data como mecanismo de protección de los datos personales, junto con principios relacionados con el acceso a la información pública y un gobierno abierto y transparente.

Una nueva cláusula federal

El proyecto contempla además la incorporación de una cláusula federal, destinada a reafirmar la autonomía de San Luis y las competencias que la Provincia no delegó al Gobierno federal.

La propuesta incluye aspectos vinculados con el poder de policía y tributario sobre establecimientos de utilidad nacional, la participación provincial en decisiones de la Administración federal y el debate de un nuevo régimen de coparticipación.

También se habilita un capítulo sobre relaciones intergubernamentales e internacionales, que permitiría establecer principios para los vínculos de la Provincia con otros niveles de gobierno y contemplar convenios de inversión y cooperación directa.

Cambia el plazo para presentar el Presupuesto

Finalmente, entre las modificaciones habilitadas se encuentra el cambio en el plazo constitucional para la presentación del Presupuesto provincial.

La fecha límite, actualmente fijada antes del 31 de agosto, pasaría al 30 de septiembre inclusive.

Con la sanción definitiva de la ley, San Luis inicia así el proceso que podrá desembocar en una reforma parcial de su Constitución, aunque los cambios no quedarán incorporados automáticamente: deberán ser debatidos y, en su caso, aprobados por la Convención Constituyente que será elegida por la ciudadanía.

Fuente – Agencia de Noticias San Luis