Durante una audiencia realizada este jueves, el Ministerio Público Fiscal de la Primera Circunscripción Judicial formuló cargos contra un hombre por el delito de abuso sexual simple, a raíz de un hecho ocurrido el pasado 29 de julio en un colectivo del transporte urbano de la ciudad de San Luis.
Según el relato de la Fiscal Adjunta Mercedes García, de la Fiscalía de Instrucción Penal con intervención en contexto de género, el hecho se habría producido cerca de las 21 horas, cuando una mujer regresaba de su trabajo y abordó un colectivo de la empresa Transpuntano en la intersección de Chacabuco y Junín. A la altura de un supermercado ubicado en calle Río Bamba, otro pasajero subió al vehículo y, tras pedirle a otros usuarios que le abonaran el pasaje, se sentó junto a la denunciante.
De acuerdo con lo manifestado por la fiscal, el hombre habría comenzado a incomodar a la mujer con estiramientos y movimientos que implicaban un acercamiento físico, para luego tocarle las piernas pese a la evidente incomodidad que manifestaba la víctima. Esta situación fue advertida por otro pasajero, quien la invitó a sentarse a su lado para resguardarla.
Al descender del colectivo en las inmediaciones de la Iglesia María Auxiliadora, en el Barrio Eva Perón, el imputado también bajó detrás de la mujer. Ante esto, el pasajero que la había ayudado también descendió, encontrándose en el lugar con la pareja de la joven, quien logró interceptar al hombre y dar aviso a la policía, que procedió a su detención.
Durante la audiencia, la fiscalía indicó que cuenta con diversas evidencias, como el informe policial, actas de procedimiento, entrevistas testimoniales y una solicitud de medidas de restricción por parte de la denunciante. En este contexto, se solicitó la imputación del hombre por el delito de abuso sexual simple, en calidad de autor.
Por su parte, la defensa técnica, a cargo de la Defensora en lo Penal Nº 3 Stefanía Cifuentes Quiroga y la Defensora Adjunta Lorena Luna, sostuvo que los hechos relatados por el Ministerio Público Fiscal no configuran una conducta tipificada como delito según el Código Penal Argentino, y calificó el hecho como “atípico”. No obstante, no se opuso formalmente a la formulación de cargos, aunque anunció que continuará con la recolección de pruebas para evaluar la legalidad de la acusación.
La Jueza de Garantía Nº 4, Natalia Lazarte Otero, resolvió admitir la formulación de cargos en esta etapa inicial, teniendo en cuenta que aún restan producir diversas pruebas, como el análisis de cámaras de seguridad y otros informes solicitados.
En cuanto a las medidas de coerción, se dispuso que el imputado deberá presentarse firmar el libro de procesados en la fiscalía interviniente del 1 al 10 de cada mes durante tres meses y se le impuso una restricción de acercamiento y contacto hacia la denunciante por un plazo de 120 días. Finalmente, se ordenó su inmediata libertad.