La Fiscalía de Género N° 1 de la ciudad de San Luis formalizó la investigación penal en contra de J.S.M. a quien se le atribuye haber cometido los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo en perjuicio de una de sus hijas y amenazas de muerte a su expareja.
Este lunes, en audiencia ante el Juzgado de Garantía N° 3, la fiscal adjunta Marisol Boschi, al momento de la formulación de cargos, presentó un extenso detalle de los hechos y las evidencias reunidas hasta el momento. Según expuso la fiscalía, el imputado mantuvo una relación de pareja con la denunciante durante aproximadamente diez años. El vínculo tuvo lugar inicialmente en la provincia de Buenos Aires, donde nacieron sus tres hijas.
A raíz de esos presuntos episodios de violencia física y psicológica hacia la mujer y sus hijas, y tras tomar conocimiento de abusos sexuales denunciados por la hija mayor, el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N° 1 dispuso en 2018 la exclusión del hogar del imputado.
Hechos imputados
Primer hecho:
La Fiscalía le atribuye a J.S.M. haber abusado sexualmente de su hija desde temprana edad y hasta los 13 años aproximadamente, tanto en la vivienda familiar de Florencio Varela (Buenos Aires) como posteriormente en el domicilio de Potrero de los Funes (San Luis). Los abusos consistían en tocamientos de índole sexual.
Segundo hecho:
El otro hecho imputado ocurrió el 24 de septiembre de 2025, cuando el hombre investigado le envió supuestamente a su ex una serie de audios temporales por WhatsApp con contenido amenazante y violento. En ellos, el imputado le dijo, entre otras expresiones, “tengo balas a tu nombre, te voy a matar”. La denunciante logró grabar los audios desde el teléfono de su hija Luna, ya que estos mensajes eran de visualización única, y posteriormente los entregó a la justicia.
Por todo esto, Boschi realizó una calificación legal provisoria por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo (art. 119, 2° y 4° párr., inc. b, C.P.) y amenazas (art. 149 bis, C.P.), todo en concurso real. Además solicitó que se dicte la prisión preventiva por 120 días porque entendió que existen riesgos procesales de fuga, entorpecimiento de la investigación y peligro para las víctimas.
La palabra de la defensa
El imputado se abstuvo de declarar y la defensora adjunta en lo Penal N° 1, Lorena Luna, cuestionó la solidez de la acusación presentada y se opuso al pedido de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público Fiscal.
La defensora adjunta señaló que, según el contenido de la documentación incorporada al expediente, la joven expresó haber sufrido “abuso sin acceso carnal” por parte de su padre cuando era menor de edad, pero sin especificar el año, la duración ni las circunstancias de los hechos. Además, destacó que dicha manifestación se realizó en un contexto familiar conflictivo.
También recordó que el imputado fue excluido del hogar en 2018 por una medida dispuesta por el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, y que desde hace siete años no mantiene contacto con su expareja ni con sus hijas debido a la vigencia de la orden de restricción.
Respecto al pedido de prisión preventiva, Luna planteó su oposición y argumentó que:
- No existen informes médicos ni declaración en Cámara Gesell que respalden la denuncia.
- El imputado no registra antecedentes penales y este es su primer proceso judicial.
- Las medidas de prueba pendientes (informes psicológicos, pesquisa de teléfonos, entrevistas y Cámara Gesell) no se verían afectadas por el hecho de que el imputado permanezca en libertad.
Como medida alternativa, Luna propuso que, en caso de considerarse necesario un resguardo especial, se disponga prisión domiciliaria. La defensora subrayó que la prisión preventiva debe ser considerada como la medida más excepcional y gravosa del sistema procesal, y recordó que el principio general es que toda persona pueda enfrentar el proceso en libertad, salvo que existan riesgos concretos y fundados.
La decisión de la jueza
Luego de escuchar a las partes, la jueza de Garantía N° 3, Natalia Lazarte, ordenó la prisión domiciliaria para el imputado por el término de 60 días. La medida la debe cumplir en una vivienda del Barrio San Luis 15.