Este martes por la mañana, en la Sala de Juicios Nº 1 de Villa Mercedes, se desarrollaron los alegatos de clausura y lectura de veredicto en marco de una causa donde se juzgó a un hombre por un delito contra la integridad sexual. El hecho denunciado ocurrió en el 2020, en perjuicio de su hija, que al momento del hecho, tenía 12 años.
Antes de la lectura del veredicto, el acusado declaró y se desarrollaron los alegatos de clausura.
El Fiscal de Juicio realizó una breve descripción de los hechos. Hizo referencia al contexto de la prueba recabada, a la Cámara Gesell y a la pericia médica.
Dijo que no hay dudas de la existencia y materialidad del hecho.
Como atenuantes tuvo en cuenta la falta de antecedentes y como agravantes la escasa edad de la víctima, y la discapacidad auditiva que agravó la situación de vulnerabilidad.
Solicitó sea condenado a la pena de 14 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal de menor de 13 años agravado por ser ascendiente.
La Defensora de Niñez y Adolescencia sostuvo la existencia del hecho la responsabilidad del acusado y la validez de la prueba. Destacó la solidez y credibilidad del testimonio de la víctima en Cámara Gesell; mencionó el informe médico, compartió el relato de los hechos realizado por el Ministerio Público Fiscal y tuvo en cuenta el contexto de violencia de género.
Asimismo, coincidió con el pedido de pena y calificación legal invocado por el representante de la Fiscalía.
Los representantes del particular damnificado resaltaron los informes de Cámara Gesell y de la perita médica pediatra, dijeron que ambos informes dan claridad al relato de la víctima. También se refirieron a testimonios.
Solicitaron que en la condena se aplique la perspectiva de género y adhirieron al pedido del Ministerio Público Fiscal.
La Defensa del acusado, expresó que no hay certezas, que las pruebas no son objetivas, que existen contradicciones y que hay que tener en cuenta el contexto familiar altamente conflictivo.
Por otra parte, explicó que hubo una investigación deficitaria y que las pericias carecen de valor científico. Agregó que no se encuentra acreditado ni a nivel objetivo ni subjetivo.
Solicitó la absolución por el beneficio de la duda y subsidiariamente se aplique la calificación legal establecida en el art. 119 1er y último párrafo. En relación a la pena que se aplique el mínimo teniendo en cuenta la falta de antecedentes y el comportamiento durante el proceso.