Este jueves, se desarrolló en el Juzgado de Garantía Nº 3 una audiencia en donde la magistrada admitió la formulación de cargos a Iris Mabel Armando por el delito de homicidio culposo en accidente de tránsito.
El hecho, relató Fiscalía, ocurrió el pasado 17 de enero en la intersección de calles Av. Mitre y Madre Cabrini de la ciudad de Villa Mercedes.
En ese momento, el auto que era conducido por la imputada embistió a una bicicleta que conducía la víctima, Juana Eugenio de 83 años. La Fiscal explicó que el accidente ocurrió a las 12:55 –según el registro de las cámaras- a plena luz del día, con buena visibilidad y con la calle en condiciones.
De la pericia se pudo determinar que ambas mujeres circulaban con velocidad moderada y que la hipótesis es que la causa fue la obstaculización visual producida por el parante derecho del auto, es decir un punto ciego.
Luego del impacto, la víctima fue asistida por trabajadores de comercios cercanos y fue trasladada a un centro médico, después de dos días, el 19 de enero falleció por un daño encefálico severo, producto del accidente.
La representante del particular damnificado, expresó que se trató de un actuar negligente, que la imputada no tenia prioridad de paso ya que se trata del ingreso a una avenida. Agregó que la víctima venia despacio, por su mano de manera prudente y controlada.
Asimismo, solicitó que se aplique el agravante del homicidio culposo (2do párrafo) ya que la mujer –que es médica- si bien no se retiró del lugar, no cumplió con su deber de socorrer a la víctima.
La Defensa por su parte, dijo que no iban a negar el resultado dañoso y que no está probado en esta oportunidad el actuar negligente y la imprudencia, agregó que el factor climático pudo haber generado una cierta disminución en la visual y que su defendida está a derecho y a disposición.
La Dra. Natalia Pereyra Cardini –Juez de Garantía Nº 3- hizo lugar a la formulación de cargos efectuada por Fiscalía, consideró que existió negligencia e imprudencia e imputó –provisoriamente- a Iris Armando por homicidio culposo (art. 84 bis 1er párrafo). Como medida, hizo lugar a lo solicitado por el MPF, firma del libro del 1 al 10 de cada mes por tres meses.